AG en el TJUE: Facebook debe "minimizar" los datos personales para anuncios en la UE

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 /  Thu, 25/04/2024 - 16:26

Primera declaración. Acaba de publicarse el dictamen AG (C-446/21). Actualice esta página para ver las actualizaciones. Aunque todavía estamos analizando los detalles, esperamos que la reacción inicial que figura a continuación recoja las principales conclusiones.

Court of Justice of the European Union

Primera declaración. La Opinión AG (C-446/21) acaba de ser publicada. Por favor, actualice esta página para cualquier actualización. Aunque todavía estamos analizando los detalles, esperamos que la reacción inicial que figura a continuación recoja las principales conclusiones:

Katharina Raabe-Stuppnig, abogada que representa al Sr. Schrems: "Estamos muy satisfechos por el dictamen, aunque este resultado era muy esperado"

El uso de datos para publicidad debe limitarse por tiempo, tipo y fuente. Hasta ahora, Meta utiliza todos los datos que ha recopilado para publicidad. Por ejemplo, los datos de los usuarios de Facebook pueden remontarse hasta 2004. Para evitar estas prácticas, el GDPR estableció el principio de "minimización de datos" en el artículo 5(1)(c) GDPR. Hasta ahora, Meta se ha limitado a ignorarlo y no ha previsto plazos de supresión. La aplicación del "principio de minimización de datos" restringe radicalmente el uso de datos personales para publicidad, incluso si los usuarios han dado su consentimiento a los anuncios. Se aplica con independencia de la base jurídica utilizada para el tratamiento, por lo que ni siquiera un usuario que consienta la publicidad personalizada puede ver sus datos personales utilizados indefinidamente. Aunque el fiscal general dice que el tribunal nacional tendría que decidir sobre los detalles, los factores pueden ser el tipo de datos personales (como la edad frente a los datos de comportamiento), la fuente (como los datos proporcionados activamente frente al seguimiento técnico pasivo) o el contexto de la recogida (como en una red social frente a páginas de terceros).

Katharina Raabe-Stuppnig: "Meta lleva 20 años creando una enorme base de datos sobre los usuarios, que crece día a día. Sin embargo, la legislación de la UE exige la "minimización de datos". Si el Tribunal sigue el dictamen, sólo se podrá utilizar una pequeña parte de este pool para publicidad - incluso si han dado su consentimiento a los anuncios"

Límites al "scraping" de datos personales - incluso si "se hacen manifiestamente públicos". En el contexto de la información muy personal que Meta recopiló sobre el Sr. Schrems (a través de socios publicitarios), surgió un debate sobre si la posterior crítica pública de tales prácticas supondría una "renuncia" al derecho a la intimidad del Sr. Schrems con respecto al tratamiento inicialmente ilícito. El Sr. Schrems siempre estuvo de acuerdo en que hizo pública dicha información y, en general, entra dentro del ámbito de aplicación del artículo 9, apartado 2, letra e) del RGPD ("hecha pública en su mayor parte"), mientras que algunos Estados miembros cuestionaban este elemento ante el TJUE. Aunque se trata de una situación muy específica de un único usuario, la interpretación de la ley es relevante en el contexto más amplio del "web scraping", en el que la información disponible públicamente simplemente se toma y se procesa para otros fines. El Sr. Schrems argumentó que el principio de "limitación a una finalidad específica" del artículo 5, apartado 1, del RGPD debe aplicarse paralelamente en este caso. Esto es lo que sostiene ahora también la Abogada General

Katharina Raabe-Stuppnig: "Que una información sea pública no significa que pueda utilizarse para otros fines. Si haces un comentario político en las redes sociales, no puede utilizarse para dirigirte publicidad política. Si los usuarios pierden todos sus derechos sobre la información publicada, se produciría un enorme efecto amedrentador sobre la libertad de expresión"

¿De qué trata este caso? El asunto se refiere a un procedimiento civil entre Max Schrems, como particular, y Meta Ireland Platforms Limited (como operador de "Facebook") ante los tribunales austriacos. El caso se vio por primera vez en su totalidad en Austria en 2020 y se refiere a un gran número de violaciones del GDPR, incluida la falta de base legal para la publicidad y similares. El Tribunal Supremo austriaco ha remitido cuatro cuestiones al TJUE en 2021. Sin embargo, como otro caso (C-252/21 Bundeskartellamt) abarcaba en parte cuestiones similares, el TJUE "pausó" el caso entre el Sr. Schrems y Meta hasta 2024. Las cuestiones originales 1 y 3 se "ganaron" (indirectamente) porque el TJUE se puso de parte del Sr. Schrems en el asunto C-252/21 Bundeskartellamt. El resto del asunto se juzgó en Luxemburgo el 8 de febrero de 2024, pero se limitó a las dos cuestiones restantes (cuestiones originales 2 y 4) que no se habían resuelto en el asunto C-252/21 Bundeskartellamt. Las cuestiones pendientes son las siguientes

  • Cuestión original 2: ¿Debe interpretarse el artículo 5, apartado 1, letra c), del RGPD (minimización de datos) en el sentido de que todos los datos personales que obren en poder de una plataforma como la del litigio principal (a través, en particular, del interesado o de terceros dentro y fuera de la plataforma) pueden agregarse, analizarse y tratarse con fines de publicidad dirigida sin restricción temporal ni de tipo?
  • Pregunta original 4: ¿Debe interpretarse el artículo 5, apartado 1, letra b), del RGPD, en relación con su artículo 9, apartado 2, letra e), en el sentido de que una declaración realizada por una persona sobre su propia orientación sexual a efectos de una mesa redonda permite el tratamiento de otros datos relativos a la orientación sexual con el fin de agregarlos y analizarlos a efectos de publicidad personalizada?

Minimización de datos. La pregunta original 2 se refiere al planteamiento de Meta de afirmar que todos los datos personales van a parar esencialmente a un gran "fondo común de datos" y pueden utilizarse para publicidad personalizada indefinidamente -sin limitación alguna-, ya que esto parece una violación evidente del principio de minimización de datos. Aunque en algunos casos existe un límite claro para la supresión (por ejemplo, cuando finaliza una obligación legal de conservar registros), la cuestión es más compleja cuando se trata de publicidad.

Katharina Raabe-Stuppnig: "En la actualidad, el sector de la publicidad en línea simplemente almacena todo para siempre. La ley dice claramente que el tratamiento debe cesar al cabo de unos días o semanas. Para Meta, esto significaría que gran parte de la información que ha recopilado durante la última década se convertiría en tabú para la publicidad."

Mayor uso de datos sensibles. La cuestión original 4 se refiere al argumento del Tribunal de Primera Instancia (y en parte de Meta) de que el Sr. Schrems mencionó su orientación sexual en un acto celebrado en Viena y, por tanto, puede haber consentido (implícitamente) el tratamiento de cualquier dato personal relativo a la orientación sexual (y, de hecho, a la vida sexual, que está protegida por separado en el artículo 9 del RGPD) para publicidad que tuvo lugar años antes de la declaración pública. Hay acuerdo en que estas declaraciones se hicieron públicas. Sin embargo, el Sr. Schrems niega que Meta pudiera haber tratado otros datos -muy personales- en los años anteriores. El Sr. Schrems subraya que el principio de "limitación de la finalidad" se aplica paralelamente y que la información compartida con el fin de criticar el tratamiento ilícito por parte de Meta no puede permitir (retroactivamente) el uso de datos personales para una finalidad completamente distinta, como la publicidad.

Katharina Raabe-Stuppnig: "Esta cuestión es muy relevante para cualquiera que haga una declaración pública. ¿Renuncia retroactivamente a su derecho a la intimidad incluso para información totalmente ajena, o sólo puede utilizarse la propia declaración para el fin previsto por el orador? Si el Tribunal interpreta esto como una "renuncia" general a tus derechos, enfriaría cualquier expresión en línea en Instagram, Facebook o Twitter"

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