Implementación nacional de la RGP
El Reglamento General de Protección de Datos ("RGPD") es directamente aplicable en toda la UE desde el 25 de mayo de 2018. Como reglamento, no es necesario que los Estados miembros de la UE lo apliquen, pero existen más de 30 disposiciones de la RPI, en las que los Estados miembros tienen la libertad de adaptar sus leyes como consideren oportuno. Las adaptaciones como, por ejemplo, las restricciones de los derechos de una persona o las desviaciones nacionales para el tratamiento de los datos laborales se incluyen en la legislación nacional de protección de datos de los Estados miembros. Hasta la fecha, veintisiete Estados miembros han adoptado o actualizado una ley nacional de aplicación sobre la protección de datos. noyb ha estado trazando las diferentes adaptaciones nacionales de la RGP y publicará un resumen.